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Umbrales de Renta de las Becas

Los umbrales de renta de las becas del Ministerio para 2026-2027 (Real Decreto 179/2026) son, para una familia de cuatro miembros, 22.107 € (umbral 1), 38.242 € (umbral 2) y 40.773-42.836 € (umbral 3). Para un solo miembro son 8.843 €, 13.898 € y 14.818-15.567 €; para ocho, 36.255 €, 52.850 € y 56.348-59.199 €.

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Umbrales de renta familiar de las becas del Ministerio de Educación, curso 2026-2027 (Real Decreto 179/2026).

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¿Qué es?

La calculadora de umbrales de renta compara la renta de tu unidad familiar con los tres umbrales de las becas y ayudas al estudio del Ministerio de Educación para el curso 2026-2027, fijados por el Real Decreto 179/2026, y te dice a qué componentes de la beca general puedes optar por renta.

¿Para qué sirve?

El requisito económico es el que más solicitudes deja fuera. Comprobarlo antes de pedir la beca te evita sorpresas y te ayuda a saber si te conviene, por ejemplo, independizarte económicamente o si algún miembro de la familia ha dejado de ser computable.

Cómo usar la calculadora

  1. Indica cuántos miembros computables tiene tu unidad familiar.
  2. Escribe la renta familiar anual del ejercicio 2025 (bases imponibles general y del ahorro menos la cuota del IRPF).
  3. Pulsa «Comprobar umbrales» para saber en qué tramo estás y a qué componentes de la beca puedes optar.
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Preguntas frecuentes

¿Qué son los umbrales de renta 1, 2 y 3?
Son los límites de renta familiar que determinan qué componentes de la beca se pueden recibir. Umbral 1 (el más bajo): da acceso a todas las cuantías, incluida la fija de 1.700 € ligada a la renta. Umbral 2: da acceso a la cuantía de residencia (2.700 €), a la variable y a la beca de matrícula. Umbral 3: da acceso a la beca de matrícula y, con nota media de 8 o más, a la cuantía por excelencia académica (de 50 a 125 €). Si la renta supera el umbral 3, no se concede la beca general.
¿Cuáles son los umbrales del curso 2026-2027 por miembros?
Umbral 1 / umbral 2 / umbral 3 (extremo inferior): 1 miembro, 8.843 / 13.898 / 14.818 €; 2 miembros, 13.264 / 23.724 / 25.293 €; 3 miembros, 17.685 / 32.201 / 34.332 €; 4 miembros, 22.107 / 38.242 / 40.773 €; 5 miembros, 25.644 / 42.743 / 45.572 €; 6 miembros, 29.181 / 46.142 / 49.196 €; 7 miembros, 32.718 / 49.503 / 52.780 €; 8 miembros, 36.255 / 52.850 / 56.348 €. A partir del octavo, cada miembro adicional suma 3.536 €, 3.340 € y 3.561 € respectivamente. El Real Decreto fija una franja para los umbrales 1 y 3; si tu renta cae dentro, consulta la convocatoria.
¿Cómo se calcula la renta familiar?
Es la suma de las rentas de 2025 de todos los miembros computables: para quienes presentaron la declaración del IRPF, base imponible general más base imponible del ahorro, menos la cuota resultante de la autoliquidación; para quienes no la presentaron, se aplica el mismo cálculo a sus ingresos. A la renta se le pueden aplicar deducciones, por ejemplo del 50 % de los ingresos de los hermanos que trabajan o por familia numerosa y discapacidad.
¿Hay también límites de patrimonio?
Sí. Aunque la renta esté por debajo del umbral, la beca se deniega si el patrimonio familiar supera ciertos límites: valores catastrales de las fincas urbanas distintas de la vivienda habitual (con un tope que varía según la fecha de la revisión catastral), fincas rústicas, rendimientos netos del capital mobiliario más ganancias patrimoniales (1.700 € en las últimas convocatorias) y volumen de facturación de actividades económicas. Consulta los importes del curso en la convocatoria.
¿Quiénes son miembros computables de la familia?
Los padres o tutores, el solicitante, los hermanos solteros menores de 25 años que convivan en el domicilio familiar a 31 de diciembre de 2025 (o mayores si tienen discapacidad) y los ascendientes de los padres que residan en el mismo domicilio. En caso de divorcio o separación, no es miembro computable el progenitor que no conviva con el solicitante, aunque sí lo es, en su caso, el nuevo cónyuge o pareja del que convive.
¿Qué ocurre si los ingresos familiares cambian durante el curso?
La beca se concede con los datos del ejercicio anterior (2025 para el curso 2026-2027), así que una bajada de ingresos en 2026 no se tiene en cuenta en esta convocatoria, salvo situaciones excepcionales como el fallecimiento o la incapacidad del sustentador principal. Si tu familia ha empeorado económicamente, consulta las ayudas de emergencia de tu universidad y de tu comunidad autónoma.
¿Dónde compruebo los datos oficiales?
En el Real Decreto 179/2026, de 11 de marzo, publicado en el BOE, y en la convocatoria de becas de carácter general del curso 2026-2027 del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes, donde también se solicitan. Esta calculadora usa los valores de ese real decreto y es orientativa.
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