Calculadora de Horas Extra
En España, una hora extra se paga como mínimo a precio de hora ordinaria (o se compensa con descanso), y tu convenio puede fijar un recargo. Para calcularla, divide tu salario anual entre las horas que trabajas al año (unas 1.760 con una jornada de 40 horas semanales) y aplica el recargo: con 30.000 € brutos y un 25 %, cada hora extra vale unos 21,31 €.
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¿Qué es?
La calculadora de horas extra obtiene el valor de tu hora ordinaria a partir del salario anual y la jornada de referencia, le aplica el recargo de tu convenio y calcula el importe total de las horas extraordinarias realizadas, con los límites del artículo 35 del Estatuto de los Trabajadores.
¿Para qué sirve?
Úsala para comprobar si te están pagando bien las horas extra en la nómina, para reclamar las que no te han abonado o para decidir si te compensa más cobrarlas o pedir descanso. Las empresas también la usan para presupuestar picos de trabajo.
Cómo usar la calculadora
- Introduce tu salario bruto anual y las horas extra que has hecho.
- Escribe el recargo que fija tu convenio colectivo para las horas extraordinarias (0 % si se pagan como ordinarias).
- Pulsa calcular para obtener el valor de tu hora ordinaria, el de la hora extra y el total a cobrar.
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Preguntas frecuentes
- ¿Cuánto se paga una hora extra en España?
- El Estatuto de los Trabajadores (artículo 35) establece que las horas extraordinarias se abonan en la cuantía que fije el convenio colectivo o el contrato, que nunca puede ser inferior al valor de la hora ordinaria, o se compensan con tiempo de descanso equivalente dentro de los cuatro meses siguientes. Si no hay pacto, se compensan con descanso. Muchos convenios fijan un recargo del 25 % al 75 % sobre la hora ordinaria, y más en horario nocturno o festivo.
- ¿Cuántas horas extra puedo hacer al año?
- El máximo legal son 80 horas extraordinarias al año. No computan en ese límite las que se compensan con descanso dentro de los cuatro meses siguientes ni las realizadas para prevenir o reparar siniestros y daños urgentes. Para los trabajadores a tiempo parcial no se permiten horas extra, salvo las de fuerza mayor; en su lugar pueden pactarse horas complementarias. Los menores de 18 años no pueden hacer horas extra.
- ¿Cómo se calcula el valor de la hora ordinaria?
- Divide tu salario bruto anual (incluidas las pagas extra) entre las horas efectivas de trabajo al año. Con la jornada máxima de 40 horas semanales, una vez descontados 30 días de vacaciones y los 14 festivos, la jornada anual máxima ronda las 1.826 horas (la cifra que usan los tribunales); esta calculadora usa 1.760 horas efectivas, una referencia habitual en los convenios, que es lo que usa esta calculadora. Si tu convenio fija otra jornada anual (por ejemplo, 1.720 o 1.780 horas), el valor de la hora cambia ligeramente.
- ¿Es obligatorio hacer horas extra?
- No, la realización de horas extraordinarias es voluntaria, salvo que se haya pactado en el convenio colectivo o en el contrato, siempre dentro del límite de 80 al año. Solo son obligatorias las necesarias para prevenir o reparar siniestros u otros daños extraordinarios y urgentes. La empresa debe registrar día a día la jornada de cada trabajador (registro horario obligatorio desde 2019) y entregarte copia del resumen de horas extra con la nómina.
- ¿Las horas extra pagan IRPF y Seguridad Social?
- Sí. Las horas extra son salario: tributan en el IRPF con tu tipo de retención y cotizan a la Seguridad Social con un tipo adicional. La empresa cotiza por ellas un 23,60 % (12 % si son por fuerza mayor) y el trabajador un 4,70 % (2 % si son por fuerza mayor), además de incluirse en la base de cotización por contingencias profesionales.
- ¿Qué hago si no me pagan las horas extra?
- Reúne pruebas: el registro horario (la empresa está obligada a conservarlo cuatro años), correos, accesos o testigos. Puedes reclamarlas por escrito a la empresa, denunciar ante la Inspección de Trabajo o presentar una papeleta de conciliación y después demanda en el juzgado de lo social. El plazo para reclamar salarios no pagados es de un año desde que debieron abonarse.
- ¿Se ha reducido la jornada laboral a 37,5 horas?
- No. El proyecto de ley para reducir la jornada máxima a 37,5 horas semanales fue rechazado en el Congreso en septiembre de 2025, por lo que en 2026 sigue vigente la jornada máxima de 40 horas semanales de trabajo efectivo en cómputo anual. Muchos convenios colectivos ya fijan jornadas inferiores; en ese caso, todo lo que supere la jornada de tu convenio se considera hora extra.